La medida busca que el máximo tribunal autorice la extracción de ADN con o sin consentimiento y que las muestras se comparen con todas las almacenadas en el Banco de Datos Genéticos. El caso llega así a su última instancia.

Por Néstor Espósito

Abuelas de Plaza de Mayo, una de las dos querellantes en la causa para determinar si los herederos de la dueña del Grupo Clarín son hijos biológicos de desaparecidos, anunció ayer que apelará ante la Corte Suprema de Justicia un fallo de la Cámara de Casación que impide que el ADN de Marcela y Felipe Noble Herrera se coteje con todas las muestras almacenadas en el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG).

La entidad comunicó su decisión luego de conocerse una aclaración de la Sala II de ese tribunal, que ratifica las restricciones de los cotejos de perfil genético a un número limitado de familias y no a la totalidad de las muestras del BNDG, aunque establece como fechas de exclusión los días posteriores a los que el tribunal de San Isidro recibió el pedido de guarda de los menores.
En un fallo dividido, los jueces Guillermo Yacobucci y Luis García expresaron la posición mayoritaria del tribunal unificando su postura y confirmaron que las pruebas se harán “limitando la comparación de los perfiles de ADN obtenidos”. La de Marcela Noble Herrera se hará “excluyendo de la comparación los perfiles de ADN de las muestras aportadas al Archivo Nacional de Datos Genéticos por parientes de personas detenidas o desaparecidas –con certeza– después del 13 de mayo de 1976”, fecha en que el tribunal de San Isidro recibió el pedido de guarda de la menor de parte de Ernestina de Noble.
La comparación de los perfiles de ADN obtenidos de las muestras de Felipe Noble Herrera excluirán a “personas detenidas o desaparecidas –con certeza– después del 7 de julio de 1976”.
No obstante, el tribunal definió que ambas fechas tienen validez mientras no se ponga en duda la fecha registrada como de iniciación de los expedientes N° 7308/76 “N.N. s/abandono”, y N° 9149/76 “N.N.s/abandono”, del registro del Juzgado de Menores Nº 1 de San Isidro, abriendo lugar a una eventual impugnación.
El 2 de junio, Casación aceptó por unanimidad la decisión de la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, de que Marcela y Felipe deberán dar material genético incontrastable para establecer, luego de diez años de proceso, su identidad biológica.
Ayer, el mismo Tribunal resolvió aclarar que las fechas tomadas como referencia para fijar el límite temporal del estudio podrán ser revisadas por la jueza de instrucción en caso de cuestionarse la autenticidad de la presunta fecha de inicio de los expedientes de guarda de Marcela y Felipe Noble Herrera. Con esta medida, la Cámara de Casación Penal hizo honor al refrán que recomienda “no aclare que oscurece”
La ex abogada de Abuelas Alcira Ríos y su colega Pablo Llonto, ennombre de las familias Lanouscou, Miranda y Gualdero pidieron la nulidad del fallo, mientras que los apoderados de Abuelas, Alan Iud y Mariano Gaitán, y finalmente la fiscalía especial para causas de Derechos Humanos, con la voz cantante del representante ante la Casación, Raúl Plée, objetaron aquella limitación y pidieron que los propios jueces aclararan qué quisieron decir. Los pedidos de nulidad fueron rechazados, pero los de aclaración fueron receptados como lógicos porque la sentencia “es susceptible de aclaración o rectificación”, ya que “el Tribunal advierte que, en efecto se ha suscitado incertidumbre en cuanto al alcance que cabe darle al dispositivo”.
En la lectura de la aclaración subyace la idea de que no es lógico suponer que los niños fueron adoptados (o apropiados, si ello se comprobara) antes de nacer.
Entonces, “no resulta estrictamente necesario –mientras no se ponga en duda la fecha registrada como de iniciación de esos casos– comparar perfiles de ADN de las presuntas víctimas con todos los perfiles de ADN conservados en el Archivo Nacional de Bancos Genéticos”, puntualizó el voto mayoritario.
La Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de causas por violación a los Derechos Humanos, que con una argumentación que ya había sido expresada en una columna de opinión publicada el lunes en Tiempo Argentino con la firma de su coordinador, Pablo Parenti, reclamó la aclaración, rechazó el nuevo fallo de la Casación y adelantó que recurrirá a la Corte Suprema para que la comparación se realice con todas las muestras que están contenidas en el Banco de Datos Genéticos que funciona en el Hospital Durand. “A pesar de esta aclaración que hace la Cámara de Casación el fallo sigue teniendo graves defectos. Por un lado, tomar por ciertas las fechas que surgen de expedientes de adopción muy cuestionados; en segundo lugar, excluye indebidamente el perfil genético de personas detenidas o desaparecidas con posterioridad a esas fechas. Esto no tiene sentido, porque es posible que se dé el caso de padres que hayan desaparecido tiempo después de la apropiación de sus hijos (por ejemplo, los hijos pueden haber quedado con amigos u otros familiares y haber sido apropiados antes de la desaparición de los padres)”, sostuvieron los fiscales. En la tarde de ayer, Abuelas de Plaza de Mayo también anunció su decisión de ir a la Corte. “El objetivo es que la Corte revierta el fallo de Casación y haga cumplir la ley para que se entrecruce con todo el Banco”, dijo el abogado Iud.
La postura coincide con la del juez Raúl Madueño, quien opinó en disidencia en el fallo y opinó que “la comparación de los perfiles deberá efectuarse teniendo en cuenta las muestras obrantes en el Archivo Nacional de Datos Genético, circunstancia que por otra parte se ajusta al objeto del tema debatido”. Su postura no fue acompañada por los otros dos integrantes del tribunal. <


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